MATERNIDAD SUBROGADA
¡Los jóvenes tenemos que informarnos!
¿qué es o son las madres de alquiler?
La maternidad subrogada, es cuando una mujer está embarazada y posteriormente va a dar a luz, no obstante el bebé pertenece tanto genéticamente como de forma legal a otros padres.
INICIOS
Desde su comienzo como práctica comercial en los años 1970, la gestación subrogada suscita fuertes controversias éticas, legales y sociales. Las distintas posiciones respecto a la subrogación se diferencian principalmente entre aquellas que la consideran como el ejercicio de la libertad individual y las que la consideran una forma de explotación relacionada con cuestiones de clase social , etnia y raza .
La situación legal de esta práctica es diferenciada y va desde la prohibición expresa hasta la reglamentación detallada, pasando por la ausencia de legislación que la mencione de manera directa en algunos países
una pareja que no puede tener bebes
Riesgos de la maternidad subrogada
Este método tiene los mismos riesgos que tiene cualquier embarazo, pero también existe la posibilidad de que la mujer que está prestando el vientre, decida quedarse con el hijo.
regulación de la maternidad subrogada en Estados Unidos
a) existe una regulación del contrato a partir de la ley y la jurisprudencia; b) no hay posición uniforme en los Estados de la Unión Americana; c) se acude a la noción de orden público y a las normas de derecho de familia para declarar la validez o nulidad del contrato; d) la regulación del contrato está encaminada a contrarrestar los efectos negativos de esta práctica (Rodriguez-Yong & Martinez-Muños, 2012).
En los Estados Unidos la figura analizada ha sido aceptada y dependiendo de cada Estado de la Unión Americana varía la legislación respectiva, algunas tienden a ser restrictivas, otras más liberales, etcétera. Quienes argumentan a favor de la maternidad subrogada con base en el derecho a de procreación, cuentan con un fundamento local en la Constitución Mexicana, que en su artículo 4o. confiere a la pareja el libre derecho de decidir el número y especie
Tipos
Dependiendo de la relación genética de la madre gestante y el bebé, los expertos diferencian dos tipos de maternidad subrogada:
1) Maternidad subrogada tradicional o parcial: consiste en que la madre gestacional aporta su óvulo pero el espermatozoide proviene del padre que solicita la subrogación o bien de un donante. El bebé es engendrado por medio de la fecundación in vitro por lo que en este caso sí existiría, por tanto, una relación genética con el feto. Esta forma de reproducción está cada vez más en desuso debido a los avances de la medicina y ante los posibles problemas éticos que se plantearan derivados de la relación genética madre-hijo.
Maternidad subrogada gestacional o plena: la mujer gestante aporta la capacidad gestacional de su útero pero no tiene vinculación genética ninguna con el feto ya que los gametos provienen de otras personas diferentes a ella misma. A su vez, en este caso se plantean tres posibles situaciones:
a) Se utilizan gametos de ambos padres: óvulo y espermatozoides son aportados por la pareja que solicita la subrogación.
b) Los dos gametos proceden de donante o se recurre a embriones donados.
c) Un progenitor proporciona uno de los gametos mientras que el otro procede de una donación.
clasificaciones
Subrogación altruista: sin motivación económica pero que sí debe incluir una compensación en base a gastos médicos derivados de la gestación y otros.
Subrogación comercial: en este caso sí existe una base económica que motiva su ejecución.
La diferencia entre ambas viene marcada por la compensación económica que percibirá la madre portadora. En algunos países esta técnica de reproducción sí está permitida pero solo se concibe en su tipología altruista ya que no se concibe una retribución económica por la gestación sino, únicamente, una compensación por las molestias físicas, gastos de desplazamiento y laborales que se puedan derivar de la donación. De esta manera la gestación no supone un incentivo económico para la gestante, este es el caso de Inglaterra que prohíbe el pago por el hecho en sí de llevar el embarazo a término pero concibe la subrogación altruista.
Comparación de leyes en diferentes países
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