Historia del catastro en Colombia y el mundo

Catastro: Inventario debidamente actualizado y clasificado, de los bienes inmuebles con el fin de lograr una correcta administración.

Historia del Catastro

1821

Una ley del Congreso de Villa del Rosario de Cúcuta, creo la primera referencia legislativa denominada “catastro general del cantón”.

1825

La norma fue reglamentada con una finalidad eminentemente fiscalista debido a que habia necesidad sostener la guerra de la independencia. 

1847

Se publica un proyecto de ley con el que se establece una contribucion para los gastos de los cultos, se hace la eliminación del diezmo y se propone realizar un registro de todas las propiedades de cada Distrito Parroquial. El cura de la parroquia junto con el intendente el cual era el encargado de la formación y el Administrador General de Hacienda formaban parte de la Junta Nacional encargada de la elaboración de esos registros.

1866

Se organiza la República Federal de los Estados Unidos de Colombia. La Ley 70 dio origen a los Decretos Reglamentarios., este dio origen a la estructuración del catastro de tierras baldías por el Gobierno general Mosquera. Esta reglamentación legal condujo a establecer normas para un “catastro” de edificios, terrenos y minas, muebles y útiles de propiedad de la república que tenía base en la ubicación, destino y estado de conservación, esta tarea fue dada en la Oficina de Agrimensores que se creó para este fin.

1887

El Código Fiscal o Ley 48, previó el establecimiento de gravámenes sobre bienes raíces que tenía el fin de fortalecer los fiscos departamentales y municipales. 

1888

Con la Ley 149, los departamentos vieron complementada su acción fiscal, esta les dio facultades para establecer una contribución directa sobre capitales muebles.

1908

Con la expedición de la ley 20 y el decreto reglamentario 1227, el gobierno del General Reyes contó con un marco normativo que estaba orientado a la formación del catastro de la “riqueza raíz” en toda la republica, esto también se concibió como un documento público, que además de servir de base para el cobro del impuesto predial también contenía los datos necesarios para la estadística del valor de la propiedad inmueble y de los bienes públicos. Esto provoco una serie de reglamentos catastrales y sistemas de avaluacion y tasacion propios para cada una de las jurisdicciones.

1913

La ley 4 conocida como Codigo de Regimen Politica y Municipal, asigno a las Asambleas la “facultad de reglamentar el impuesto sobre la propiedad raíz”.

1926

La ley 72 autorizo al municipio de Bogotá para organizar libremente sus rentas, percepción y cobro por la administración directa, delegado o por arrendamiento.En consecuencia a lo anterior, la administración municipal contrato a un grupo de expertos en finanzas y administración pública de los EEUU, la cual debía organizar la Contraloría y la Oficina de Catastro, aquí fue donde se creó la oficina de Catastro de Bogotá, adscrita a la Alcaldía y se suprimió la Junta municipal.

1930

La Hacienda Pública, encargo a la “Mision Kemmerer” (es el nombre dado a una comisión de expertos que hizo propuestas de reformas fiscales y monetarias a varios gobiernos, principalmente en Latinoamérica, entre 1919 y 1931) la función de modernizar y racionalizar la tributación. Bajo una Visión fiscalista se desarrollaron trabajos dirigidos a la nacionalización del catastro mediante la creación de un organismo responsable para determinar el avaluó. Él avaluó reemplazo a los organismos departamentales y locales existentes, los cuales pasaron a tener una labor lenta y mal ejecutada que conllevo en una revisión de avalúos prediales y una inequitativa distribución de la carga predial determinada por factores políticos y personales. 

1932

Se expide una ley que obliga a los municipios a organizar la nomenclatura urbana. Con motivo del conflicto con Perú, Colombia  sintió la necesidad de disponer de cartas militares de las fronteras y, en general, de todo el territorio patrio. El ingeniero y profesor universitario Belisario Ruiz Wilches presentó el plan general de trabajos para el levantamiento de la carta militar del país, de acuerdo con los métodos más avanzados vigentes en Europa. Esta iniciativa fue acogida por el  entonces presidente de la República, Alfonso López Pumarejo.

1935

Entra en orden la ley No. 78, que abrió definitivamente el país a la nacionalización del catastro y estableció la declaración del valor de los bienes raíces por parte del propietario. En la jefatura de Rentas Nacionales se abrió una Sección Nacional de Catastro, a cuyo cargo se dejó la fijación de los avalúos comerciales de la propiedad raíz.

El Decreto No 1440 creó el Instituto Geográfico Militar y Catastral – IGMC como organismo dependiente del Estado Mayor General del Ejército dedicado al levantamiento de la carta militar del país para estudios catastrales

El Decreto 1440 del 13 de agosto de 1935 le da vida al Instituto, con el nombre de Instituto Geográfico Militar, como dependencia del Estado Mayor del Ejército. Su primera sede quedaba en una casona ubicada frente al Teatro Cristóbal Colón. 

1936

Al Instituto lo trasladan para un edificio que se construyó para su funcionamiento, en la carrera séptima con la calle 53. Allí permaneció durante dos décadas

1938

El Decreto No 1797 organizó la sección encargada de los trabajos preparatorios del catastro nacional.

1939

Se emitieron dos leyes (resultado de una misión suiza) que aumentan la responsabilidad de la Sección Nacional de Catastro: 

La Ley No 62 de 1939 que le entregó la tarea de deslindar y amojonar las entidades territoriales.

La Ley No 65 que le atribuyó la dirección técnica y el control del catastro en todo el territorio nacional

1940

Se expide el Decreto No. 1301 reglamentario de la mencionada Ley No 65, se constituyó el Estatuto Orgánico del Catastro Técnico.

El IGMC pasó a depender del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

El Instituto pasa a ser dependencia del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con el nombre de  Instituto Geográfico Militar y Catastral, debido a que lleva a cabo el levantamiento del Catastro Nacional.

1941

La Ley No 128 organizó las Oficinas de Catastro y la Ley No 2275 vinculó a las Oficinas de Catastro de los Departamentos de Boyacá, Cundinamarca y Tolima, siendo los demás departamentos vinculados a través del Decreto No 1538.

1942

El Decreto No 1146 entregó al IGMC la dirección técnica y el control de los procesos de conservación, con facultades para dictar normas de procedimiento y reglas de funcionamiento de las entidades encargadas de la conservación.

1948

La Ley No. 182 creó el régimen de propiedad horizontal, imponiendo al catastro la obligación de diseñar un tratamiento especial para la inscripción catastral de las unidades inmobiliarias.

1950

La entidad adopta el nombre con el que actualmente se conoce para honrar la memoria del cartógrafo italiano Agustín Codazzi, por cumplirse el primer centenario de la iniciación de trabajos de la célebre Comisión Corográfica, encargada de elaborar las cartas de las provincias en las que entonces se dividía la Nueva Granada en el siglo XIX.

1954

El Decreto No 259 creó las Juntas Municipales Especiales y minimizó la técnica catastral en la determinación del avalúo con la prevalencia de criterios políticos presentes en dichas Juntas.

1956-1957

El Decreto No. 290 creó el Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC.

Se construye un nuevo edificio en los predios de la Ciudad Universitaria de Bogotá, donde actualmente funciona el IGAC. Se le otorga el carácter de entidad descentralizada, adscrita al Ministerio de Hacienda, en cuyo comité ejecutivo figuraban también los ministros de Defensa y Agricultura.

1968

Se hizo una reforma administrativa del Estado que derivó en reformas en la Administración del Distrito Especial de Bogotá y en su sistema catastral. Los criterios y los objetivos del catastro definidos eran concordantes con lo establecido en la Resolución No 1173 de 1965 del IGAC, la cual precisaba la política catastral y definía los criterios generales y las normas para hacer el catastro.

1969

Como resultado de la reforma administrativa del gobierno del presidente Carlos Lleras, el IGAC crea la división de estudios geográficos, adquiere importancia la edición del Atlas Básico de Colombia, que puso por primera vez al alcance de la población escolar un documento global sobre las características de nuestro país.

1970

Como resultado de un acuerdo entre el Instituto y el Ministerio de Obras Públicas, y con la financiación del Automóvil Club de Colombia, fue posible el diseño, elaboración y publicación de las primeras hojas de ruta, con la información actualizada del estado de las vías, servicios y distracciones de sus alrededores.

En este año se dictaron los Decretos No 1250 y No 2156 reguladores del catastro, específicamente en su interrelación con el registro y la matrícula inmobiliaria. 

1972

El Ministerio de Agricultura contrató los servicios del IGAC para evaluar aproximadamente 71 millones de hectáreas, como piso inicial del Programa Nacional de Inventario y Clasificación de Tierras, que sirvió de fundamento para la formulación de una política nacional de desarrollo, para lo cual fue necesario la creación del Laboratorio de Suelos.

 1973

 La Ley No 4 de sobre Reforma Agraria dió nuevas disposiciones sobre el catastro en relación con el valor del predio.

1978

El interés del Gobierno Nacional en la descentralización y en la organización de instituciones catastrales conduce a avances significativos en el desarrollo del Instituto, como la compra de sedes propias para la instalación de sus oficinas seccionales. Esta apertura hacia la provincia también se impulsó mediante una gradual transformación del lenguaje y formato de algunos de sus productos. Fueron publicados El Manual de Iniciación al Uso de Mapas y Fotografías Aéreas y el Manual de Percepción Remota en Geografía Física.

En este año se reestructuró internamente la Dirección de Catastro Distrital, pero se mantuvo como una dependencia de la Secretaría de Hacienda.

La Resolución No 3556 del Ministerio de Educación Nacional  aprobó el Programa de Ingeniería Catastral y Geodesia de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas; recomendada por el Dr. Pierre Granchamp, jefe de la misión suiza, para desarrollar el catastro.

1983

La Ley No 14 denominada “nueva era en los fiscos regionales”, y su Decreto Reglamentario 3496, dieron al catastro colombiano dinamismo y actualidad al introducir innovaciones. 

1984

Decreto Extraordinario No 1711 de 1984 , señaló las obligaciones del registro hacia el catastro y se adoptó un número único de identificación predial (en registro , como en catastro).

Resolución No 660 del IGAC, por la cual se constituye el estatuto operativo de catastro

Se establece el intercambio obligatorio de información entre el IGAC y la Superintendencia de Notariado y Registro.

1988

Resolución No 2555, reglamento la formación, actualización de la formación  y conservación del Catastro Nacional, además subrogó la Resolución 660 de marzo 30 de 1984

Década de los 90

 Marcada por la modernización tecnológica encabezada por el IGAC, con participación de los gobiernos Colombiano y Suizo, paso de información geográfica en formato análogo a formato digital.

1990

Ley Nº 44: Fusiona  los impuestos sobre la tierra en uno solo “ Impuesto Predial Unificado”, los encargados de control, recaudo y demás eran los municipios.

1992

Se realiza la presentación del Sistema de Información Georreferenciada a entidades como el Departamento de Planeación Nacional, el DANE, el HIMAT, el INCORA, las Corporaciones Autónomas Regionales, Ingeominas, entre otras. 

1994

Ley No 160: Describió el procedimiento para la elaboración de avalúos con fines de reforma agraria. 

1995

Comienza el proceso de descentralización, en desarrollo de lo expresado por la Constitución del 91, con la creación de las regionales y el fortalecimiento de las seccionales, para atender de forma integral el ejercicio de las funciones del Instituto en sus respectivas jurisdicciones y coordinar las actividades de las oficinas delegadas. En el sexagésimo aniversario, el Instituto inaugura el Centro de Información Geográfica en su sede central de Bogotá para integrar, modernizar y agilizar los servicios en materia de Cartografía, Geografía, Agrología, Catastro, Percepción Remota y Sistemas de Información Geográfica. Así mismo, se entregó en CD ROM el Mapa Oficial de la República de Colombia, el Atlas y el Diccionario Geográfico del país.

1997

Ley No 388: Pautas de Ordenamiento Territorial, apuntando normas, procedimientos, parámetros y criterios para la elaboración de avalúos comerciales. 

La República de Colombia y el Banco Interamericano de Desarrollo suscribieron un contrato de préstamo para llevar a cabo el Programa de Titulación y Modernización del Registro y Catastro 

El IGAC lanza la Guía Metodológica para la Formulación de Planes de Ordenamiento Territorial; aborda los fundamentos legales y metodológicos que sustentan los contenidos del plan, su área de aplicación, objetivos, vigencia, fases, articulación con el Plan de Desarrollo, actores e instancias de acuerdo con su competencia.

1998

Resolución No 762 estableció la metodología para la realización de los avalúos establecidos en la ley Nº 388 1997

1999

Mediante Resolución 1174 del 29 de Junio de 1999, se modifica la adscripción del IGAC al Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE)

2000

Ley 601: se ordena a Bogotá la obligación de ajustar los avalúos catastrales conforme al índice de valoración inmobiliario.

2001

Se designó como organismo ejecutor al Instituto Geográfico Agustín Codazzi, con la intervención de la Superintendencia de Notariado y Registro y el Instituto Colombiano de Reforma Agraria

2003

Se da inicio al proyecto ICARE: Integración de Catastro y Registro, buscando indicar la situación legal completa del territorio Colombiano incluyendo derechos y restricciones públicas.

2004

Decreto 208: art 6: Función del IGAC coordinar las iniciativas nacionales de infraestructura de datos espaciales.

2005

La empresa certificadora RVQi Colombia Ltda. valida la implementación y la conformidad de los requisitos NTCISO 9001:2000, le otorga al IGAC la certificación en calidad  para los procesos de servicios de análisis, expedición de certificados catastrales, de planos prediales y de información geodésica, incluida la Red Magna.

2006

Entra en funcionamiento el Geoportal de Colombia, con el fin de lograr que el país cuente con información geográfica armonizada y estandarizada.

2013

Posicionamiento de Juan Antonio Nieto Escalante, se logró la realización de un convenio de titulación de vivienda con Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio; el fortalecimiento de la alianza con los catastros descentralizados, en particular de Antioquia; se actualizaron catastralmente 127 municipios y se modernizó el Laboratorio Nacional de Suelos.

2014

Los principales avances son la creación de la resolución de cabida y linderos, y el trabajo interinstitucional con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para la formalización de la propiedad rural. Actualmente se están actualizando catastralmente 75 municipios. Se firma de un convenio de cintas magnéticas con USAID para superar y agilizar el retraso de procesos llevados en sentencias y órdenes judiciales en temas de víctimas y  restitución de tierras, con las entidades del Estado pertenecientes al SNARIV.

2018

Actualización del IGAC en las Especificaciones técnicas de Producto ETP, para la implementación del catastro multipropósito identificando vacíos y oportunidades.

Se expidió la Resolución 642 de 2018 adopta el modelo LADM_COL en la versión aprobada, como estándar para la interoperabilidad de la información del catastro multipropósito.  Las entidades acuerdan como modelo único de dominio para la interrelación de la información de catastro multipropósito y el registro el modelo LADM_COL; la expedición de esta resolución es un avance en el proceso de consolidación del sistema de administración de tierras, con el cual se busca facilitar la acción institucional y la toma de decisiones en la gestión del territorial en todos sus ámbitos.

Resolución 643 del 30 de mayo de 2018, con el objeto de adoptar las especificaciones técnicas del levantamiento planimétrico para las actividades de barrido predial masivo y las especificaciones técnicas del levantamiento topográfico y planimétrico para los casos puntuales.

2019

El IGAC se propuso continuar impulsando la implementación de la política pública de catastro multipropósito, según objetivos internos y lo estipulado en el  Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022 “Pacto por Colombia, pacto por la equidad”, y el CONPES 3958 en donde se estipulan los lineamientos políticos para la continuación de la implementación de la política.

Decreto 1983 de 2019: posibilidades de operación para las entidades territoriales al poder gestionar su catastro directamente a través de otros gestores catastrales con experiencia, o a través de la contratación de operadores catastrales. Esto hace que la competencia se haga en términos de calidad para garantizar el mejor servicio.

La vigilancia del Catastro, que es ahora un servicio público, está a cargo de la Superintendencia de Notariado y Registro, entidad que vela por el cumplimento de los requisitos definidos para los gestores y operadores en el territorio.

Hasta ahora el catastro era visto y utilizado únicamente con el propósito de obtener recursos en materia de recaudo, con el catastro multipropósito no solamente se tendrá un manejo más eficiente de las finanzas, además será información confiable para que los municipios puedan elaborar con mayores elementos sus planes de ordenamiento territorial, la creación de políticas públicas con énfasis en proyectos sociales de alto impacto, la actualización de su territorio en términos de uso y propiedad y la titulación de un mayor número de predios que les permitirá a sus propietarios acceder a la oferta del estado en el marco de los ejes de gobierno del presidente Iván duque de legalidad, emprendimiento y legalidad.

PLANES ACTUALMENTE

Contar con un mayor número de gestores autorizados para realizar el Catastro en los diferentes municipios, a través de facilitar su creación para que exista una mayor cobertura (La meta es alcanzar los 21 gestores catastrales)

Otorgar 88.510 títulos de propiedad rural

Otorgar 179.000 títulos de propiedad urbana

Pasar de una actualización del 5% al 60% en 2022 y del 100% en 2025.